Colación de Bienes

Colación de Bienes en Paraguay en Paraguay

Concepto de COLACIÓN de BIENES en el Ordenamiento Jurídico de Paraguay

En el sistema legal paraguayo, una definición de este concepto podría ser planteada en los siguientes términos:

Es la obligación en la cual se encuentran ciertos herederos forzosos, que concurren con otros a una sucesión, de aportar a la masa hereditaria determinadas liberalidades recibidas del causante antes de la muerte de éste, para que los otros coherederos participen de ellas proporcionalmente, en caso de disponerlo el testado o para computar legítimas y mejoras (ver más en esta enciclopedia jurídica paraguaya). El principio fundamental lo establece el Art (ver más en esta enciclopedia jurídica paraguaya). 1.035 del CC: «El heredero forzoso que concurra con otros, que también lo sean, a una sucesión, deberá traer a la masa hereditaria los bienes o valores que hubiese recibido del causante de la herencia, en vida de éste, por dote, donación u otro título lucrativo, para computarlo en la regulación de las legítimas y en la cuenta de partición».

Recursos

Véase También

Bibliografía

  • Definición de colación de bienes en el «Diccionario Jurídico Legal», de Horacio Antonio Pettit y Rodolfo Fabián Centurión Ortiz (Asunción, Paraguay).
  • Concepto de colación de bienes en el «Diccionario Jurídico Básico Parcialmente Referenciado», por Dian Albrecht, Aurora Pacheco y Ángel Albrecht (Asunción, Paraguay).

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