Fe Pública

Fe Pública en Paraguay en Paraguay

Concepto de FE PúBLICA en el Ordenamiento Jurídico de Paraguay

En el sistema legal paraguayo, una definición de este concepto podría ser planteada en los siguientes términos:

Confianza, veracidad, atribuida a diversos funcionarios (notarios, secretarios judiciales, cónsules…) sobre hechos, actos y contratos en los que intervienen (ver más en esta enciclopedia jurídica paraguaya).

Significado Alternativo del Término

Autoridad legítima atribuida a notarios, escribanos, agentes de cambio y bolsa, cónsules y secretarios de juzgados, tribunales y otros institutos oficiales, para que los documentos que autorizan en debida forma sean considerados como auténticos y lo contenido en ellos sea tenido por verdadero mientras no se haga prueba en contrario.

Recursos

Véase También

Bibliografía

  • Definición de fe pública en el «Diccionario Jurídico Legal», de Horacio Antonio Pettit y Rodolfo Fabián Centurión Ortiz (Asunción, Paraguay).
  • Concepto de fe pública en el «Diccionario Jurídico Básico Parcialmente Referenciado», por Dian Albrecht, Aurora Pacheco y Ángel Albrecht (Asunción, Paraguay).

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